El gobierno departamental expidió el Decreto 020 del 23 de enero de 2012, “Por el cual se convoca a la comunidad raizal para la elección de sus representantes de comunidad raizal en la junta directiva de la Oficina de Control de Circulación y Residencia del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con el Decreto 2762 de 1991”
Podrán inscribirse en la convocatoria aquellos ciudadanos que reúnan las siguientes condiciones: a) Ser mayor de dieciocho (18) años; b) Ser Raizal; condición debidamente acreditada con la tarjeta definitiva de la OCCRE.
Los aspirantes a ser elegidos como representantes de la comunidad raizal del Departamento Archipiélago, deberán inscribirse personalmente y acompañado por dos inscriptores desde el 24 de enero y hasta el 10 de febrero del presente año, en las oficinas de la OCCRE de San Andrés o Providencia, en horario laboral. Deberán presentar los documentos que acrediten su habilitación para ser elegidos junto con dos fotografías tamaño 2 x 2.5 cm en blanco y negro, papel mate con fondo blanco.
El día 10 de febrero a partir de las 5:00pm hasta las 6:00pm, se realizará el sorteo y adjudicación de número e identificación de los candidatos a participar en el proceso de elecciones; durante los 3 días siguientes se efectuará el proceso de verificación e inexistencia de inhabilidades e incompatibilidades de los inscritos.
Las elecciones para representantes de la comunidad raizal se llevará a cabo el próximo 29 de febrero entre las 8:00am y las 4:00pm en los siguientes sitios de votación: Sunrise Park, Colegio Brooks Hill, Colegio El Rancho en San Andrés y en el primer piso del Edificio Aury frente a la Registraduría Especial del Estado Civil, en la isla de Providencia.
El ciudadano al momento de votar deberá presentar su tarjeta de la OCCRE para demostrar su condición de Raizal y ser mayor de 18 años, acreditación que se realizará mediante la Cédula de Ciudadanía. Las personas que aspiren a votar en un lugar distinto al de expedición de la tarjeta de la OCCRE, podrán votar previa certificación expedida por la Oficina de Control en una mesa especial ubicada en cada uno de los puestos de votación; igualmente aquellas personas que no aparezcan en el censo electoral o presenten incongruencias en su documentación podrán votar en la mesa especial con previa confrontación y verificación con el sistema de expedición de tarjetas que detenta la Oficina de Control de Circulación y Residencia.
Adjunto Decreto 020 de 2012
Prensa y comunicaciones / J.A.D.
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