Inscripción de arrendadores de vehículos en el Registro Nacional/Departamental de Turismo

La Secretaria de Turismo Departamental informa a todos los arrendadores de vehículos en el Departamento, que atendiendo lo expuesto en la Resolución No. 0161 de 2012 por la cual se establecen los requisitos de inscripción en el Registro Nacional/Departamental de Turismo, estos deberán acreditar los siguientes requisitos para cumplir dicho trámite.

Artículo Primero: REQUISITOS:

1-  Acreditar la existencia de un local abierto al publico
2- Adjuntar los estados financieros suscritos por contador público o revisor fiscal
3- Acreditar mediante certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, la relación de los vehículos de su propiedad o que estén a su nombre bajo la figura de arrendamiento financiero o leasing.  El número de vehículos no podrá ser inferior a cinco(05)
4- Acreditar su capacidad financiera con un capital mínimo equivalente a quinientos (500) smlmv.
5- Suministrar las tarifas de alquiler de vehículos

Parágrafo transitorio: Los arrendadores de vehículo que se encuentren inscritos en el RNT/RDT deberán aportar los estados financieros con el fin de acreditar la propiedad de los vehículos en la actualización correspondiente al año 2012.

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