b. Cumplir funciones y prestar servicios nacionales, o coordinar su cumplimiento y prestación, en las condiciones que prevean las delegaciones que reciban y los contratos o convenios que para el efecto celebren.
c. Promover y ejecutar, en cumplimiento de los respectivos planes y programas nacionales y departamentales actividades económicas que interesen a su desarrollo y al bienestar de sus habitantes.
d. Prestar asistencia administrativa, técnica y financiera a los Municipios, promover su desarrollo y ejercer sobre ellos la tutela que las leyes señalen.
e. Colaborar con las autoridades competentes en la ejecución de las tareas necesarias para la conservación del medio ambiente y disponer lo que requiera la adecuada preservación de los recursos naturales.
f. Cumplir las demás funciones administrativas y prestar los servicios que les señalen la Constitución y las leyes.
Velar por el mejor desempeño de la gestión administrativa en el departamento Archipiélago y la satisfacción de las necesidades mediante la eficiente prestación de los servicios públicos.
Propender por la participación efectiva de la ciudadanía, para el desarrollo y mejoramiento del Departamento Archipiélago, tomando las decisiones político – administrativa que sean necesarias.
Ejecutar y divulgar los programas señalados en el Plan de Desarrollo, ajustado a las políticas Nacionales. Mantener el orden público, social y económico del Departamento.
Cumplir y hacer cumplir la Constitución, Leyes, Decretos, Ordenes del Gobierno Nacional, y las Ordenanzas Departamentales. Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos, sociedades de economía mixta, y empresas industriales y comerciales del Orden Departamental
Evaluar los servicios nacionales que se presten en el Departamento de acuerdo con las delegaciones que en este sentido se le confieran.